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Intereses de cesantías 2024: ¿cuándo se pagan?
 
Hasta enero de 2025 hay plazo para pagar los intereses por cesantías equivalentes al año laboral 2024. Conoce quiénes reciben este dinero, cómo se paga, fórmula para calcularlos y más datos clave.
 
Atención, trabajadores. Hasta el 31 de enero de 2025, los empleadores tienen plazo para consignarle a sus empleados los intereses de las cesantías generadas por los días trabajados durante el año 2024.
 
Así lo dice la Ley 50 de 1990, según la cual la liquidación de cesantías por cada año trabajado (salvo cuando el contrato termine antes de finalizar el año, caso en el cual la liquidación se hace con dicha terminación), se debe hacer todos los 31 de diciembre, mientras que el pago de los intereses generados por esa prestación social debe ser consignado, a más tardar, el 31 de enero del año siguiente a la liquidación del año laborado.
 
 “El empleador cancelará al trabajador los intereses legales del 12% anual o proporcionales por fracción, en los términos de las normas vigentes sobre el régimen tradicional de cesantía, con respecto a la suma causada en el año o en la fracción que se liquide definitivamente”, dice la mencionada ley en su artículo 99.
 
¿Qué son las cesantías y quiénes las reciben?
 
Las cesantías hacen parte de las prestaciones sociales (primas, aportes a salud y pensión, vacaciones, etc.) a las que tienen derecho todas las personas que cuentan con un contrato laboral a término fijo o indefinido en Colombia.
 
 El monto de esta retribución corresponde a un mes de salario por cada año trabajado y ellas generan unos intereses que, así como las cesantías mismas, deben ser pagados por el empleador a sus trabajadores como un valor adicional al salario ordinario.
 
¿Cuál es la fecha límite para que me paguen los intereses por cesantías?
 
Hasta el viernes 31 de enero de 2025 tu empleador tiene plazo para hacerte la consignación de los intereses generados por tus cesantías de 2024. Esto quiere decir que a lo largo del mes de enero de 2025 debes ver reflejado (en el pago de tu salario ordinario) un valor adicional correspondiente a ese concepto.
 
Ten presente que este dinero no se consigna al fondo de cesantías, sino que se le entrega directamente al trabajador, y que, si tu contrato finalizó o se da por terminado antes del próximo 31 de diciembre, el monto (calculado en proporción al tiempo laborado al momento de finalizar el contrato) te debe ser entregado dentro de la liquidación del mismo.
 
En todo caso, es importante no confundir este pago de intereses con el de las cesantías en sí, las cuales pasan al respectivo fondo y se convierten en un ahorro que puedes retirar solo en algunos casos.
 
 Respecto a esto último, no olvides que tus cesantías de 2024 deben ser consignadas a tu fondo entre el 1 de enero y el 14 de febrero de 2025.
 
"El empleador que incumpla el plazo señalado deberá pagar un día de salario por cada retardo”, señala la Ley 50 de 1990.
 
Fórmula para calcular intereses por cesantías
 
La ley dice que los intereses legales sobre las cesantías equivalen al “12% anual o proporcionales por fracción (si no se laboró el año completo sobre el que se liquida)”.
 
Esto quiere decir que las cesantías y sus intereses se calculan a partir de los salarios recibidos en el año liquidado o durante el tiempo que el trabajador estuvo vinculado formalmente a la empresa mediante contrato laboral a término fijo o indefinido.
 
Para calcular los intereses que recibirás, primero haz el cálculo de tus cesantías con la siguiente fórmula:
 
  • Cesantías = salario mensual X días trabajados / 360 (días)
Ahora, para calcular los intereses sobre tus cesantías, usa esta fórmula:
 
  • Intereses de cesantías = cesantías (el valor que te dio en la anterior fórmula) X 0,12 X días trabajados / 360 (días)